¿Qué es y en qué consiste un Examen de Salud Laboral?
Tal y como establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995, el empresario debe garantizar y ofrecer una vigilancia de la salud en relación a los riesgos del puesto de trabajo a todos sus trabajadores.
Uno de los instrumentos de los que se sirve la Vigilancia de la Salud es el Examen de Salud laboral.
¿Qué es un examen de salud laboral?
Es un derecho que tiene el trabajador cuyo objetivo consiste en prevenir y detectar problemas de salud derivados del trabajo.
El Examen de Salud, se realiza por profesional cualificado. El médico y el personal de enfermería deben tener la formación específica en materia de salud laboral. Si vas a someterte a un Examen de salud de calidad, debes conocer su contenido:
¿Qué incluye un examen de salud laboral?
- Historia clínico-laboral:
Consta de una descripción detallada del puesto de trabajo, el tiempo de permanencia, los riesgos del puesto y las medidas preventivas a aplicar, especialmente el uso de equipos de protección individual.
Así mismo, se describirán los puestos anteriores, los riesgos a los que se estuvo sometido en esos puestos y el tiempo de permanencia.
Es también importante registrar si el trabajador, en su vida laboral, ha cambiado de puesto de trabajo por motivos de salud, especialmente, cuando alguna dolencia es incompatible con los requerimientos del puesto actual y/o tiene reconocida una incapacidad permanente con las limitaciones orgánicas y funcionales correspondientes.
2. Realización de una anamnesis:
Consiste en la recopilación de la información médica pasada y actual, facilitada por el paciente durante la consulta, mediante una serie de preguntas para obtener datos útiles, que permitan valorar el estado de salud del trabajador. En algún caso puede ocurrir que alguna información facilitada, se solicite su acreditación, mediante los informes médicos correspondientes.
En este apartado cabe recordar que es conveniente que el personal sanitario del servicio de prevención conozca las enfermedades que se produzcan en los trabajadores y las ausencias del trabajo por motivos de salud (incapacidad temporal), para poder identificar cualquier relación entre la causa de enfermedad y/o ausencia y los riesgos para la salud que puedan presentarse en los lugares de trabajo.
3. Exploración Clínica:
Incluye la exploración física, para la recogida de signos precoces de daños para la salud, y la exploración complementaria, mediante la realización de aquellas pruebas requeridas en función de los riesgos (audiometría, espirometría, etc…)
4. Control biológico:
Habitualmente consiste en la realización de una analítica de sangre con hemograma (recuento celular) y bioquímica (glucosa, creatinina, ácido úrico, colesterol, etc…) En caso de exposición a agentes químicos con valor límite biológico, la determinación del mismo, completará el examen de salud laboral.
Con todos los datos obtenidos, los Médicos Especialistas en Medicina del Trabajo de los servicios de prevención, valorarán si el trabajador en estudio es Apto para el desempeño de las tareas de su puesto de trabajo, si hay que establecer Restricciones a la realización de alguna tarea o por el contrario, no puede/debe realizar las tareas fundamentales de su puesto de trabajo, emitiendo, en este caso, un informe de No Aptitud.
Fundamentalmente, la población a la que tenemos acceso los sanitarios de los servicios de prevención, es una población que no presenta alteraciones importantes de la salud, pero si pueden detectarse alteraciones de las pruebas complementarias y/o analíticas que pueden hacer sospechar una dolencia. Por ello se valora, así mismo, la conveniencia de facilitar consejos de hábitos saludables que pueden mejorar la salud de los trabajadores y prevenir posibles alteraciones de la salud más graves.
El ofrecimiento por parte de la empresa de los exámenes de salud laboral, debe ser una buena oportunidad para conocer nuestro estado de salud y recibir los consejos más convenientes para mejorarla, así como asegurar que los riesgos de nuestro puesto de trabajo no están afectando a nuestra salud asegurando así, una buena actuación en prevención de riesgos laborales.
Otro de los aspectos, además del contenido del examen de salud, que los trabajadores, y también los empresarios, desean conocer, es la obligatoriedad o no de su realización.
El empresario está obligado a ofrecer el examen de salud, pero el trabajador ha de prestar su consentimiento, siendo tres, las excepciones a esta voluntariedad:
Para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa.
Cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.
La realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores.
Los exámenes de salud laboral nos ofrecen resultados que pueden ser indicadores tempranos de problemas, por lo que pueden ser fundamentales a la hora de controlar estos riesgos.
Dr. Guillermo Gil Ballester
Director Técnico de Vigilancia de la Salud de Valora Prevención